Respuesta rápida: Cuando una casa en Florida pertenece a cónyuges que se están divorciando, la venta puede depender de quién tiene el título, de si una orden judicial o un acuerdo de conciliación rige la casa, de si hay un lis pendens (aviso de litigio pendiente) registrado y de si ambos cónyuges deben firmar. La constitución de Florida exige la firma conjunta del cónyuge (joinder) para vender una propiedad homestead, y una separación por sí sola no cambia eso. Los compradores deben pedir pronto los documentos del título y del tribunal, y cada parte debe tener su propio abogado. Esto es información general, no asesoría legal.
El divorcio es algo personal, y las personas involucradas merecen privacidad y respeto. Este artículo no describe a ninguna persona ni ningún caso en particular. Explica el marco legal general que puede afectar la venta de una casa en Florida cuando los dueños están en proceso de divorcio, y las preguntas que compradores y vendedores deben llevar a sus propios abogados. Cada parte debe tener su propio abogado. El agente del comprador no debe dar asesoría legal a ninguna de las partes, porque eso puede llegar a ser ejercicio no autorizado de la abogacía (s. 454.23).
Cómo se dividen los bienes
La ley de Florida sobre la disolución del matrimonio parte de una premisa: el tribunal “debe partir de la premisa de que la distribución debe ser igualitaria”, salvo que los factores enumerados en la ley justifiquen otro resultado (s. 61.075(1)). Los bienes adquiridos y las deudas contraídas durante el matrimonio son, por lo general, matrimoniales, y los bienes adquiridos después de contraer matrimonio se presumen matrimoniales (s. 61.075(6)(a), (8)). Los bienes anteriores al matrimonio, los regalos o herencias que no se dieron a ambos cónyuges y los bienes excluidos por un acuerdo escrito válido son, por lo general, no matrimoniales (s. 61.075(6)(b)). Por eso importa la naturaleza de la casa, y un abogado tiene que analizarla.
Quién debe firmar
La constitución de Florida trata directamente la propiedad homestead. El Artículo X, Sección 4(c) dice que el propietario de un inmueble homestead, “con la participación del cónyuge, si está casado, puede enajenar el homestead mediante hipoteca, venta o donación”. Ese texto aparece citado en un análisis del personal del Senado de Florida de 2018. El artículo de Florida Realtors del 11 de agosto de 2026 lo explica en términos prácticos: la separación no cambia el estado civil legal de la pareja ni elimina los posibles problemas relacionados con el homestead. Un artículo de un bufete de abogados de 2026 dice que la firma conjunta (joinder) sigue siendo obligatoria hasta que se dicta la sentencia definitiva de disolución del matrimonio. Si una escritura concreta sería válida sin la firma conjunta es una pregunta para un abogado de Florida, y un profesional de títulos puede decirles a las partes quién debe firmar en el caso de esa propiedad.
Órdenes judiciales y acuerdos de conciliación
Un acuerdo de conciliación o una orden judicial anterior pueden seguir rigiendo una venta. Pueden fijar una fecha de venta, un reparto del dinero de la venta o la obligación de refinanciar. Algunas órdenes transfieren el título si un cónyuge no quiere firmar, y otras, por sí solas, no sanean el título. Florida Realtors señala que puede existir un derecho a ocupar el homestead incluso sin una parte del dinero de la venta. Es la sentencia o el acuerdo en sí, y no el anuncio ni un resumen, lo que determina qué situación se aplica.
El lis pendens y lo que muestran los registros
Un lis pendens es un aviso de que hay una demanda pendiente que afecta el título de una propiedad. Según la sección 48.23(1)(a), solo afecta la propiedad si se registra en el condado donde se encuentra. Según la sección 48.23(1)(d), un aviso registrado impide hacer valer los derechos y gravámenes que no estaban registrados cuando se registró el aviso, a menos que su titular intervenga en un plazo de 30 días. Según la sección 48.23(2), por lo general un aviso no tiene efecto más allá de un año desde el inicio de la acción, salvo que exista una excepción. Si un comprador posterior queda sujeto al resultado del caso, y de qué manera, es una cuestión legal, así que pídales a su abogado y a su compañía de títulos que revisen los registros en busca de cualquier aviso registrado antes del cierre.
Vivienda justa y privacidad
La ley de vivienda justa de Florida enumera la raza, el color, el origen nacional, el sexo, la discapacidad, la situación familiar y la religión. El estado civil no está en esa lista (s. 760.23(1)), ni tampoco en la de la ley federal de vivienda justa (42 U.S.C. 3604). Aun así, el texto de los anuncios y de la promoción no debe dirigir a los compradores (steering) ni describir la situación familiar de un vendedor. No describa ni especule sobre ninguna persona identificable que esté pasando por un divorcio, y no use en la promoción un lenguaje que sugiera una venta apremiante. Florida prohíbe la publicidad inmobiliaria falsa o engañosa (s. 475.25).
Preguntas para los abogados
Para vendedores, compradores y sus abogados, estas son las preguntas más importantes. ¿Se aplica a esta casa el requisito de firma conjunta del Artículo X, Sección 4(c), y qué firmas exigirá la compañía de títulos? ¿La sentencia o el acuerdo de conciliación matrimonial (marital settlement agreement) otorga la posesión, fija una fecha de venta o una parte del dinero de la venta, o impone la obligación de refinanciar esta casa, y hay alguna cláusula que transfiera el título? ¿Hay un lis pendens o un caso pendiente registrado contra la propiedad, y cómo afecta eso a los plazos y al seguro de título? ¿Cómo se aplica a esta casa el punto de partida de la distribución igualitaria de la sección 61.075(1)? ¿Y qué debe exigir un comprador antes de firmar un contrato con un vendedor que se está divorciando, incluido quién debe firmar y si uno de los cónyuges puede firmar solo?
En qué puedo ayudar
Puedo ayudar a un comprador o a un vendedor a organizar el calendario, los documentos del título y la lista de preguntas para los abogados, y puedo explicar los pasos de promoción y divulgación de una manera que se mantenga exacta. No puedo decirle a ninguna de las partes qué hará el tribunal ni qué exigen sus documentos. Ese trabajo corresponde a los abogados.
Preguntas que hacen compradores y vendedores sobre el divorcio y la venta de una casa
¿Ambos cónyuges tienen que firmar para vender un homestead en Florida?
Según el Artículo X, Sección 4(c) de la Constitución de Florida, la venta por parte del propietario del homestead requiere la participación del cónyuge si la pareja está casada. Pregúntele a la compañía de títulos qué firmas exige y por qué, y pida a un abogado que confirme la respuesta para la propiedad concreta.
¿La separación elimina la necesidad de que el cónyuge firme?
Florida Realtors dice que la separación no cambia el estado civil ni elimina los posibles problemas relacionados con el homestead. Un artículo de un bufete de abogados de 2026 dice que la firma conjunta sigue siendo obligatoria hasta la sentencia definitiva de disolución. Un abogado debe confirmar la respuesta para su situación.
¿Una orden judicial o un acuerdo de conciliación pueden transferir el título?
Algunas órdenes lo hacen y otras no. Rige la sentencia o el acuerdo, así que pida a un abogado que lea los términos exactos, incluida cualquier fecha de venta, reparto del dinero de la venta u obligación de refinanciar, antes de contar con los plazos de la propiedad.
¿Qué es un lis pendens y cómo afecta una compra?
Un lis pendens es un aviso registrado de una demanda pendiente que afecta el título. Según la sección 48.23, solo afecta la propiedad si se registra en el condado donde se encuentra, y por lo general vence después de un año, salvo que exista una excepción. Su compañía de títulos debe buscarlo, y su abogado debe explicarle cómo afecta el cierre.
Hable con William. ¿Va a comprar o vender una casa durante un divorcio? Cada parte debe tener su propio abogado. Puedo ayudarle a organizar los documentos de la propiedad y las preguntas para los abogados, y explicarle con palabras sencillas los pasos de promoción y los plazos. Llame o envíe un mensaje de texto al (772) 800-2274 o envíeme un mensaje. Yo atiendo en inglés, pero si prefiere hablar en español, solo dígame y con gusto coordino que le atiendan en español.
Solo información general; no constituye asesoría legal, fiscal, financiera ni de derecho de familia. Cada parte debe consultar a un abogado de Florida. Las cuestiones de título, firma conjunta y lis pendens deben confirmarse con un profesional de títulos. Las referencias a las leyes y a la constitución corresponden a lo revisado el 20 de octubre de 2026. William Merchant, REALTOR®, RE/MAX Gold. Cada oficina de RE/MAX es de propiedad y operación independientes. Igualdad de oportunidades en la vivienda (Equal Housing Opportunity).
Fuentes
- Florida Statutes 61.075, distribución equitativa de los bienes y las deudas matrimoniales (2025) (en inglés)
- Florida Senate: análisis del personal sobre el SB 512 (2018), que cita el Artículo X, Sección 4(c) (en inglés)
- Florida Realtors: cuando el divorcio complica la venta de una casa (11 de agosto de 2026) (en inglés)
- Alper Law: el divorcio y la firma conjunta en el homestead (2026, fuente secundaria) (en inglés)
- Florida Statutes 48.23, lis pendens (2025) (en inglés)
- Florida Statutes 760.23, discriminación en la vivienda (2025) (en inglés)
- Florida Statutes 454.23, ejercicio no autorizado de la abogacía (2025) (en inglés)
- 42 U.S.C. 3604, discriminación en la venta o el alquiler de viviendas (en inglés)
- Florida Statutes 475.25, sanciones disciplinarias a los licenciatarios de bienes raíces (2025) (en inglés)